
¿Existe algún estándar o RFC que indique que los registros NS no deben apuntar al vértice de la zona (con el pegamento adecuado en la zona principal)?
Por ejemplo:
test.test. IN NS test.test.
test.test. IN A 192.0.2.1
Respuesta1
Ciertamente puede crear servidores de nombres con el nombre de la zona (ápice), funciona y algunos lo utilizan. No hay ninguna razón específica para prohibirlo y, por lo tanto, no creo que se pueda encontrar un RFC que lo prohíba porque, técnicamente, no hay nada malo en sí mismo.
Sin embargo, espere al menos algunos rasguños importantes en la cabeza. Hacer cosas así lo expondrá a muchos errores tanto en los registros como en los registradores que no aceptarán, por error, un servidor de nombres con ese nombre, y también recuerde que, como con cualquier pegamento, necesitará actualizar la dirección IP en registro según sea necesario (un caso habitual de errores de DNS, lo que apunta a evitar pegamentos como ese cuando sea posible con mayor frecuencia) y tener más dificultades para actualizar este dominio específico.
En resumen, como veo pocos beneficios en esas configuraciones y muchos posibles inconvenientes, esto es algo que sugiero evitar, fuera de las pruebas locales o siendo un maestro absoluto en DNS.ygestión de nombres de dominio.
Sin embargo, el tema que se menciona es el documento estandarizado más actualizado sobre DNS, también conocido comoRFC 8499, como tal:
- En el dominio: un modificador para describir un servidor de nombres cuyo nombre está subordinado o (raramente) es el mismo que el nombre del propietario de los registros de recursos NS. Un nombre de servidor de nombres en el dominio debe tener registros adhesivos o la resolución del nombre falla. Por ejemplo, una delegación para "child.example.com" puede tener el nombre del servidor de nombres "en el dominio" "ns.child.example.com".
Tenga en cuenta (el énfasis es mío): "o (casi nunca) el mismo que el nombre del propietario de los registros de recursos NS."